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LOPNNA. Apellido y Manutención: deber tanto del padre como de la madre

La LOPNNA establece que el padre debe cumplir con sus deberes de patria potestad y tiene derecho a la convivencia familiar con su hijo

Sobre la inquisición de paternidad y el apellido del padre, además explico los deberes y derechos del padre para con su hijo.

Inquisición de Paternidad

Cuando el padre no reconozca al menor de edad, la madre o su representante podrán solicitar al Tribunal mediante la inquisición de paternidad el proceso judicial correspondiente para que sea realizado el examen de A.D.N del posible padre y el menor de edad.

En caso de resultar positivo se recurrirá al Registro Civil correspondiente para que se haga la debida corrección en los libros y se emita una nueva partida de nacimiento del menor de edad con los apellidos del padre y de la madre.

Por lo que el padre debe cumplir con todos sus deberes de la patria potestad como padre y tiene derecho a la convivencia familiar con su hijo.

Los Consejos de Protección tienen competencia para dictar medidas que persigan la protección de los niños y adolescentes y que se pudieran ver afectados por la familia de origen o de terceros que pudieran poner en peligro su vida.

El derecho a la convivencia familiar  entre padres e hijos es un derecho bilateral para compartir las relaciones paterno-filiales y debe quedar atrás que el padre que tiene la custodia es el dueño del menor de edad y que tiene todos los derechos.

La fijación de la manutención al menor de edad, es un deber compartido de ambos padres, por lo que el Juez la fijará al otro progenitor cuando la custodia del menor quede en poder del otro.

La acción de inquisición de paternidad,  su objeto principal es lograr una decisión judicial que determine la fijación paterna entre el hijo concebido y nacido dentro o  fuera del matrimonio y el pretendido padre y donde este padre no ha reconocido voluntariamente a su hijo.

Padres o representantes legales deben conocer que existe la prueba heredo-biológica y hematológica, es cuando esta prueba científica en terceras personas se realiza, tomando el cuenta que el presunto padre haya fallecido, existiendo  los ascendientes y descendientes directos y consanguíneos.

De donde su pueden obtener elementos genéticos de transmisibilidad de la huella familiar, lográndose determinar que la persona fallecida era el padre del menor de edad.

Esto también aplicaría en aquellos casos de madres que abandonan a sus hijos, y por lo tanto mediante investigaciones y pruebas de ADN se podría determinar con el tiempo quien es la madre verdadera.

Por ende, ella queda obligada a darle el apellido y manutención económica (aparte de las sanciones penales que le corresponden, y recuerda que cuando en derecho hablamos de “penal”, significa que ese delito se paga con cárcel)

¿Este escrito se parece a algo que estás viviendo o crees que puedas vivir? Te invito a dejar tus comentarios y con gusto te responderé tu caso específico.

Escrito y válido dentro de las leyes de la República Bolivariana de Venezuela según el ordenamiento jurídico vigente a la fecha de este escrito (10 de Julio de 2016)

También he publicado sobre otros temas, tales como sobre:

Por Abogado Luis José Marcano

Abogado Penalista en Caracas, escritos sobre: hurto, herencias, redacción de un poder, divorcio por el 185-A, homicidio, robo, contratos, otros

255 respuestas a «LOPNNA. Apellido y Manutención: deber tanto del padre como de la madre»

Buenas tardes Dr. Luis, como se hace en caso de que un padre haya reconocido a su hijo a los 3 meses de nacido, porque fue demandado, tiene expediente abierto de obligación alimentaria la cual cumplio durante 5 años. Tiene 4 años que no cumple con esa oblgación, solo visita al niño una vez al año (24 de diciembre), es el unico contacto que el niño tiene con el, no lo llama, no le escribe, no lo visita y no cumple con la obligacion alimentaria.
Mis preguntas son las siguientes:
1) Se le puede obligar a cumplir con la obligación alimentaria y de que manera se haria?
2) De los 4 años que no le ha dado nada se le podria obligar a resarcir esos daños?
3) Se puede obligar al padre a visitar a su hijo con mas frecuencia, a llamarlo y a estar prendiente de el?

Mucho le sabria agraecer su opinion ante este caso.

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Hola Carola,

1) Puedes dirigirte al Tribunal que indicó que el padre del niño cumpliera con la manutención mensual y el respectivo régimen de visita de las instituciones familiares

2) En relación a los 4 años que no la ha entregado la manutención al niño el Tribunal lo obligará que se las entregue con los respectivos intereses de estos años

3) El padre está en el deber y obligado a cumplir con el régimen de visitas, paseos, llevarlo a parques de diversiones que el niño se quede con él y su familia los fines de semana entre otras obligaciones que tiene ese padre. Como te lo indiqué debes acudir al tribunal que conoció de la demanda para que se active todo lo que te estoy manifestando.

Te recomiendo buscar un abogado de tu confianza para estos trámites, o el abogado que tu consideres debes contratar para tal trámite.

Saludos

Abog. Luis Marcano

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buenas tardes!
Tengo una bebe de 2 anos de edad es reconocida por su padre pero a su vez el nunca ha cumplido con sus obligaciones llamese manuntencion, visitas, etc… tampoco pretendo que las cumpla… mi pregunta va dirigida mas bien a como o que puedo hacer para tener yo la custodia total de mi bebe ya que no tenemos ningun tipo de comunicacion tengo planes de salir del pais obvio con mi hija y no se como hacer para tramitar el permiso correspondiente en la lopna cuando no se nada en lo absoluto del padre.
No quisiera depender del permiso de alguien que nunca ha visto de su hija para poder salir de viaje con ella. realmente no quiaiera depender ni para eso ni para ningun otro tramite legal.

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Hola María

En cuanto a la manutención y régimen de visitas, puedes acudir a un Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes para que demuestres que el padre de tu hija de dos años es un irresponsable y pésimo padre que incumple lo antes planteado

En la ley se indican las causales para que un Juez suspenda la patria potestad las cuales están bien establecidas en la Ley.

Tu tienes por ahora la responsabilidad de crianza de tu hija, pero ambos padres tienen la patria potestad.

En caso que no puedas ubicar al padre de la niña para autorizar la salida de la niña del país o en caso de negarla, puedes acudir al tribunal antes señalado para que el Juez lo autorice en caso de ser procedente

Gracias por leerme

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Hola el padre del niño lo reconoció por medio de un autorización notariada como se que la firma del abogado es correcta y el niño tiene prueba de adn que debo hacer

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Hola María Teresa,

En el caso del niño reconocido a través una notaria publica.

El padre al desear reconocer a su hijo se debe dirigir al registro civil de la Alcaldia correspondiente donde fue presentado inicialmente el niño y luego realizar los tramites ante el saime para que se haga el cambio de apellidos.

Pero si el niño todavía no tiene la cedula de identidad lo pueden presentar al saime con todos los documentos en regla. La notaria publica no es el lugar adecuado para reconocer al niño es por el registro civil antes explicado.

La prueba de ADN se realiza por el IVIC Y ASI SE DETERMINA quien es el verdadero padre. Debes tener cuidado con la firma del abogado, ya que en todo caso el abogado pudiera presentar el documento visado ante notaria nada mas, pero me parece extraño este procedimiento administrativo.

En cuanto a la manutención es obligación de ambos padres con un 50% cada uno de los padres y todos los gastos en que se incurra con el niño.

Puedes acudir a un consejo de protección de niños y adolescentes, a la fiscalía general de la republica que esta en parque central o a tribunales para que el padre le pase la manutención y demás gastos.

Asi mismo cumpla el padre con las visitas al niño.

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[…] (También he publicado aquí otros escritos sobre LOPNNA: Los Deberes, Derechos y Garantías en Menores de Edad, la responsabilidad penal en adolescentes, y deberes, derechos y patria potestad, la convivencia familiar, sobre los permisos para menores de edad, sobre las familias sustitutas y entidades de atención, la adopción, sobre la Protección del Niño y Adolescente, la manutención y el apellido son responsabilidades tanto del padre como de la madre) […]

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[…] (También he publicado aquí otros escritos sobre LOPNNA: las generalidades sobre la LOPNNA, lo que dice la Ley en Venezuela sobre los Deberes, Derechos y Garantías en Menores de Edad, en materia penal hay también responsabilidad para los adolescentes, sobre los permisos para menores de edad, sobre las familias sustitutas y entidades de atención, la adopción, sobre la Protección del Niño y Adolescente, y también que la manutención y el apellido son responsabilidades tanto del padre como de la madre) […]

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[…] (También he publicado aquí otros escritos sobre LOPNNA: las generalidades de la LOPNNA, lo que dice la Ley en Venezuela sobre los Deberes, Derechos y Garantías en Menores de Edad, en materia penal hay también responsabilidad para los adolescentes,  sobre la patria potestad: deberes y derechos, sobre los permisos para menores de edad, sobre las familias sustitutas y entidades de atención, la adopción, sobre la Protección del Niño y Adolescente, y también que la manutención y el apellido son responsabilidades tanto del padre como de la madre) […]

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[…] (También te invito a leer sobre las LOPNNA. Convivencia Familiar, lo que dice la LOPNNA de los permisos en menores de edad, así como sobre las Familias Sustitutas y Entidades de Atención, lo que dice la LOPNNA sobre la Adopción, y también sobre la protección del niño y adolescente, así como aclaro que legalmente el apellido y la manutención son responsabilidad tanto del padre como de la madre) […]

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[…] (Entre otros de mis escritos relacionados a este tema están el de los permisos en los menores de edad según la LOPNNA, sobre Familias Sustitutas y Entidades de Atención, sobre lo que dice la LOPNNA acerca de la adopción, también esa ley trata sobre la Protección del Niño y Adolescente, así como que el apellido y la manutención son responsabilidad tanto del padre como de la madre) […]

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Buenas Noches Abogado, le escribo para que por favor nos ayude y nos asesore, le comento que mi pareja le fue entregada una citación el día martes 23/01/2018 en horas de la tarde, para que asistiera ante la Lopnna, el día de hoy 25/01/2018 a las 9 a.m. por la madre de la niña que tiene tres años de edad, el cual el asistió con mucho gusto y lo que la madre planteo principalmente fue que se le fuera entregado un aire acondicionado cosa que me pareció no a lugar, y que el padre vaya todos los días a visitar a la niña ya que llora todos los días por el, la alimentación, le exige que mensualmente le compre a la bebé sus cosas personales, siempre la niña vive enferma y el, es el que corre con todos los gastos de medicina, La mamá de la niña no le colabora económicamente. Y al parecer de mi pareja y el mio propio la Dra. que los atendió no fue transparente respecto al tema ya que se enfoco fue en decirle que el no debe de abandonar a la niña, cosa que nunca a sucedido, entre semana el busca a la niña dos o tres veces la lleva a la casa comparte con nosotros salimos a comer helado, a comer pero es algo que por la situación del país no se puede hacer frecuentemente y a pesar de su corta edad ella esta clara en lo que quiere y cuando se le dice que no hay plata lo que hace es llorar y llorar, en lo que llega la noche y mi pareja tiene que ir a llevarla. La Dra. lo que le dijo fue que debe de cumplir con todos sus gastos tanto de alimentación, en el colegio y todo lo que la madre necesite para la bebé yo considero que no hizo lo correcto, porque la Dra. hizo fue como una charla que duro mas de dos horas y hasta de su vida personal hablo, nunca se firmo ningún acuerdo que haya sido redactado en un documento, todo fue verbalmente. Perdone nuestra ignorancia respecto al tema, necesitamos que por favor nos orientes que es lo que el debe hacer legalmente, ese hombre ama y adora a su princesa pero tampoco es para que la mamá de la niña se ponga así es una persona que llama a toda hora, fines de semanas sin importarle nada ofende y bla bla bla. Ya es algo insostenible yo quiero mucho a Sophia y nos llevamos muy bien. Como ella tuvo la iniciativa de llevarlo ante la Lopnna por un aire acondicionado, ahora el quiere hacer las cosas legal, como lo estipula la ley y como es debido que le digan la cantidad de su manotension mensualmente y lo que debe comprar y fijar los días de visitas y fechas de vacaciones todo por escrito. NECESITAMOS QUE NOS ORIENTE POR FAVOR. Eso ocurrió en la LOPNNA que esta ubicada en TINACO, ESTADO COJEDES.

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Hola Egdalia.

Cuando dices que fue a la Lopnna, me imagino que te refieres al Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños y Adolescentes.

Si estoy en lo correcto y de ser así, me sorprende todo cuanto me escribes.

Eso NO es lo normal que ocurra en un Tribunal.

Me gustaría que me indique si fue en un Tribunal o cualquier otra institución del Estado.

Gracias por leerme.

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Hola Rosmary.

Debe haber acuerdo entre los padres de manera extra- judicial para hacer el examen.

Sin embargo, de no haberlo puedes acudir a los Tribunales de Protección de Niños y Adolescentes, para que el padre de tu hijo, o los abuelos, hermanos paternos se hagan el examen respectivo, mediante el procedimiento de inquisición de paternidad.

Para ello sebes ser asistida por tu abogado de confianza para ir a tribunales.

Gracias por leerme.

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buenas noches abogado yo le tengo una pregunta seria recomendable llevar al padre de mi hijo a la lopna? o a los tribunales le pregunto esto es porq el padre de mi hijo no se preocupa por el me refiero a q no esta pendiente le pasa cuando se acuerda si acaso una leche y si le da la gana a pesar d q yo le digo q le pase se pone cn una y mil pretesto el tiene un trabajo fijo a parte se puede obligar a presentarlo ya q nunca lo hizo dsd q nacio porq segun el n tiene tiempo para eso, ya mi hijo tiene 8 meses ya sera q todavia se puede hacer lo obliguen a presentarlo y a pasarle para los gasto d su hijo ya q en estos momentos lo esta necesitando. le agradeceria de ante mano q me podria asesorar b/n

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Hola Nairobis

Respecto a que el padre NO ha reconocido a su hijo (dices que no lo ha presentado): puedes acudir a una Institución Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC) para que te asesoren con el fin de que el padre se presente a esa institución y se haga la prueba del ADN. Lo más probable es que no quiera asistir a realizarse dicho examen, pero en el IVIC ellos te indicarán a través de que familiares, ascendientes o descendientes se puede tomar una muestra y de esta manera se demostrará si él es el padre o no del niño, posteriormente, debes acudir a un Tribunal donde harán lo pertinente en relación a la demostración de la paternidad del padre del niño.

Si el Tribunal falla a favor del reconocimiento de que él es el padre de tu hijo, con esa sentencia puedes acudir al registro respectivo para que se tome en cuenta mediante una nota marginal

Luego de este procedimiento judicial puedes acudir a la defensa pública, Fiscalía del Ministerio Público en Asuntos de Niños y Adolescentes, y al Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución donde harás valer el derecho del niño en relación al régimen de visitas a la manutención mensual respectiva

Una vez que el Tribunal decida al respecto el padre está en el deber ineludible de dar cumplimiento y acatar la sentencia del Tribunal

Te recomiendo que acudas a tu abogado de tu confianza, o en todo caso en la Defensa Pública y en el Ministerio Público te asistirán Ad Honorem

Gracias por leerme

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hola cm hago para q el padre d mi hija le ponga el apellido y q le pase Manutención ah digame por favor xq el se fue cn otra mujer

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Hola Nelvis

Debes acudir al IVIC donde mediante prueba de ADN, con tejido del padre de tu hija o algunos ascendientes o descendientes, se determine la filiación paterna del padre de tu hijo

De allí acudirás a ejercer las acciones legales en el Tribunal correspondiente donde se determinará con la información del IVIC, mediante una sentencia que la persona que tu indicas es el padre de tu hija

Con esta información acudes al registro civil correspondiente para que se haga una nota marginal y quede legalizada la situación en cuanto al apellido de tu hija

Posteriormente puedes acudir a los Tribunales de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños y Adolescentes a los fines de que el Tribunal se pronuncie en relación al régimen de visitas y la manutención de la niña

Si el padre de la niña o sus familiares se negaren a dar muestra de ADN en el IVIC, en ese caso deberás acudir al Tribunal Correspondiente en relación a la inquisición de paternidad

Te recomiendo hacerte asistir por un abogado de tu confianza

Gracias por leerme

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Buenas, mi caso, el siguiente, mi hija tiene 6 años, casi 7, fue reconocida al nacer. Pero su padre desapareció esporádicamente, solo es papa por apellidos. La responsabilidad de ambos la cumplo yo! Manutención y demás, en el 2011 firmamos en fiscalía la manutención, De la cual pago solo 2 meses. Denuncie su falta y en 2012 hubo decisión de tribunal de: «Cumplir voluntariamente a los 3 dias de emitida la decision». A estas alturas aun no cumple, que puedo hacer? Quiero que lo sancionen con todo el peso de ley y a su vez quiero la custodia de la niña! Porque no ve por ella ni le interesa nada sobre ella pero no le da la gana de firmar el permiso para llevarmela al exterior!

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Buenos dias Vero.

Te recomiendo que acudas al Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes con tu abogado de confianza para realizar los planteamientos que me estas realizando por cuanto ese tribunal que lleva la causa debe tomar decisión en relacion a las instituciones familiares.

Por cuanto el padre de la niña de acuerdo a tu información se niega a otorgar la autorización de salida del país de la menor de edad, debes acudir con tu abogado de confianza al Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes para que hagas valer los derechos de la niña en su interés superior.

Debes consignar la partida de nacimiento certificada, el país a donde te diriges. La dirección exacta donde se residenciaras con la niña, teléfonos donde pueda ser ubicada en el extranjero, pasaje aéreo donde se indique la linea aérea, fecha de salida y regreso entre otros documentos que tu abogado debe consignar al respectivo Tribunal.

Me indicas, que la niña la tienes tu bajo tu custodia ya que ambos padres por Ley tienen la patria potestad. En este sentido, para que Tribunal decida sobre la custodia de la niña, el tribunal correspondiente, debe tomar la decisión al respecto. Para ello, debes accionar a los efectos legales correspondientes.

Gracias por leerme.

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buenos dias una duda que tengo si un niño no es reconocido por su padre y la madre lo denuncia el padre es el que hace la prueba de ADN O ES LA MAMA

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Hola Josefa

Cuando el padre desconoce la paternidad de su presunto hijo, la madre puede proceder con la acción de inquisición de paternidad, la cual tiene por finalidad lograr una decisión judicial que determine la filiación paterna del padre entre el hijo concebido y nacido, fuera del matrimonio.

Pero en caso que el padre esté soltero y desconoce la paternidad, la madre a través del tribunal con competencia en la materia puede realizar la respectiva solicitud.

Esos exámenes los realizan en el Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas.

Sin embargo, de negarse el padre esta prueba se puede realizar con ascendientes y descendientes directos y consaguíneos donde se puedan extraer los elementos genéticos de la denominada huella familiar.

Gracias por leerme

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Buenas tardes mi caso es? Tengo un hijo de 14 años y su conducta es desagradable la cual me esta trayendo problemas donde vivo su padre no esta pendiente de él mi pregunta es si puedo obligar al padre por medio de fiscalía a que se haga cargo de el ya que no cuento con vivienda propia ni alquilada vivo asignada

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Hola Marlin

Todo cuanto se haga a favor de los menores de edad esta indicado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Puedes acudir a un Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Fiscal del Ministerio Público o en todo caso al Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes.

Gracias por leerme

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hola Se#or Luis
la verdad no se q debo hacer con el padre d mi segundo bebe, m amenaza con quitarm el bb y con hacernos da#o a mi y mi esposo , tiene mal caracter quierr q se hago siempre lo q el quiere y con eso q es militar m dice q no le va costar nada hacernos da#o y quien se meta entre el y su hijo le va mal, yo jamaa he negado vea el bb , pero estoy arta m amenace y m atorment ,la mama apoya sus locuras , pero segun el , la mama evita q el m haga da#o, cree q xq m da dinero el tribunal le dara toda la razon aa el y q tiene influencias por q es abogado tambien y conoce gent q van a estar su favor, mi bb tiene 5 mess y ahora quiere llevarselo y q a pasear y devolvermelo a las 3 horas , el bb solo toma lactancia materna , para calmar los animos com el , m toco llevarle el bb hasta la casa d la mama , la verdad com tanta amenazadera no le puedo confiar el bb,y eso fue hasta q el quizo traernos d vuelta para casa, a el no le importa si el bb va a llorar por hambre ,solo quiere hacer lo q el quiere y ya , yo le digo esperat el bb este mas grande y lo saca sin mi presencia y no quiere esperar . si yo no hago lo q el m dice m amenaza con llegar a mi casa y hacerm un escandalo y esta no es mi casa propia es d mi papa y obvio a papa no le gusta ese hombre venga , y el mas a proposito lo hace , como buscando problemas con mi esposo , pero mi esposo solo lo ignora, he notado q es muy problematico , la guerra psicologica q m tiene est hombre es terrible , no se q hacer , estoy arta , m dice q le encamta verme sufrir y ver mi cara d angustia, q m va hacerr llorar lagrimas d sangre y ahora m dice q mi ni#o d 5 a#os tiene q saber q el es el papa del bb , no entiendo ese interes q mi otro bb lo sepa, el es solo un ni#o y no se q reacion podra tener el ni#o y ademas eso lo tengo q hacer soy yo la mama , m humilla por q no tengo casa propia,yo
tengo guardados mensajes horribles q el un dia m enviio ,q hago ? estoy muy mal por todo esto y quiero hacer bien las cosaa , no quiero mis hijos sufran mis malas deciciones , Por Favor ayudame se#or Luis … Yo aun creo q existe buena justicia en este pais q tanto quiero y no quiero salir corriendo por culpa d un ser sin escrupulos ni humildad…

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Hola Dailin.

El padre de tu hijo debe dar cumplimiento a las instituciones familiares indicadas en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Esto es en cuanto a la manutención y régimen de visitas a las cuales tiene derecho, por cuanto tiene la patria potestad del niño y no ha sido privado de la misma por el Tribunal de competente.

En tal sentido, puede visitar a su hijo o salir con este los fines de semana o lo que ustedes hayan acordado hasta tanto un tribunal resuelve lo concerniente a la esta situación.

Sin embargo, como me indicas todas las amenazas que te hace y tiene los mensaje guardados en relación a la forma tan violenta como te trata, te recomiendo de manera inmediata que acudas al Fiscal del Ministerio Público para que presentes la denuncia, en cuanto a lo establecido en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y de esta forma se inicie la investigación correspondiente.

Igualmente, puedes acudir también al Fiscal del Ministerio Público, en relación a la manutenencia que le corresponde a tu hijo de acuerdo a los ingresos del padre y se establezca el régimen de visitas para que subsanado la forma arbitraria como esta visitando o salir con su hija.

Ambas Fiscalías del Ministerio Público, se encuentran situadas en el Parque Central, donde está una pasarela roja bajas al sótano uno y allí encontraras las fiscalías a las que te hago referencia, para que expreses lo que esta sucediendo.

Gracias por leerme

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Buenas Tardes, Mis hijos son reconocidos por su padre, pero ya mis hijos tienen 2 años y 3 años y el padre no se ha hecho cargo de la manuntención de sus hijos. Cabe destacar, que no los llama ni por teléfonos ni mucho menos los ve. Necesito por favor que me ayude a donde debo dirigirme. Sólo quiero que vele por ellos y ellos vean a su padre y tengan una relación de Padre e hijos.

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Hola Venelinda.

De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes puedes acudir al Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes mas cercano a tu residencia.

Al Ministerio Público que están situados en Parque Central en sótano 1, allí existen varias fiscalías que te pueden atender sobre el caso que expones.

También puedes dirigirte al Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes asistida por un abogado entre otros instituciones que van a ayudarte en todo cuanto se debe hacer para que el padre de tus hijos cumpla con la manutención mensual y las instituciones familiares indicados en la Ley.

Gracias por leerme

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Tengo una duda. Es poco común que un padre tenga preguntas de este tipo, pero paso por una situación complicada la cual involucra a toda mi famlia (madre y hermanos) perjudicando a mi hija, mi pareja y mi persona. Dado estos hechos, mi pareja quiso terminar la relación y el problema antes dicho fue el detonante para esta decisión. Tuvimos un bebé (de 9 meses ya) y ella me pidió no buscarla, piensa en quitarle mi apellido y (citandola) «…no la busque más, si quiere ver a su hija la única manera es que se haga una prueba de ADN para que pueda siquiera verla una vez, espero no ver nunca a nadie con ese apellido, porque de hecho se lo voy a quitar». Considerando esos comentarios y amenazas me pregunto ¿tiene base legal para alguno de sus actos? ¿puede ella suprimir mi apellido de algún modo? ¿podré disfrutar de mi hija? (Todo esto, considerando que es mi primera beba).

Actualmente vive con su hermana y cuñado, ellos quieren salir del país, del mismo modo estuvimos considerando la idea en su momento pero ya es claro que o no saldríamos de la manera que planeamos, o ella se va con sus parientes, poniendo de lado mi relación con la beba, entonces me surge otra duda: ¿y si ella desea salir del país? ¿cómo quedamos mi hija y yo? Ya que, tristemente es la única familia que me queda, puesto que con todo el problema con mi familia (madre y hermanos) yo no puedo ni contar con ellos ni mucho menos mi hija.

Quizá esa mucho drama, pero es un bosquejo de los problemas que estoy pasando. ¿Qué luz puede arrojar al respecto?

Saludos cordiales.

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Hola Ander.

La Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes establece el interés superior de niños, niñas y adolescentes y por tanto el Estado, la sociedad y la familia juegan un papel de vital importancia en ese interés superior.

En tal sentido, los niños tienen todo el derecho después que nazcan a ser identificados.

Por lo que los centros hospitalarios, clínicas están en el deber legal de llevar los citados registros de nacimiento.

Allí aparecen las fichas medicas individuales de cada niño, con la impresión dactilar y plantar, nombre y edad de la madre, fecha y hora del nacimiento.

Las declaraciones de las máximas autoridades de esas instituciones publicas contribuyen con la prueba de filiación y las declaraciones que puedan realizar por ante los funcionarios del Registro del Estado Civil.

Los niños deben ser inscritos luego de su nacimiento, los padres entre otros deben inscribirlos.

En tal sentido, a todos los niños que sean presentados, luego se extiende la respectiva documentación de identidad donde quedan incluidos su nombre, nacionalidad y las relaciones familiares y luego se otorga la respectiva partida de nacimiento del niño.

Todo niño tiene derecho a conocer a sus padres y obviamente ser cuidados por ellos.

De la misma manera, la responsabilidad de crianza la tienen ambos padres al igual que la patria potestad.

La responsabilidad de custodia, por ahora la tiene la madre, pero eso no esta homologado por las autoridades correspondientes.
Asimismo, debes aportar lo concerniente a la manutención de la niña con una cuota mensual dentro de tus posibilidades económicas y debe dejar constancia de todo cuanto aportas.

Bien sea depositando en la cuenta bancaria de la madre o que te firme un documento de lo que aportas por la manutención.

En todo caso de NO querer firmar ese documento puedes hacerte acompañar con dos testigos para que presencien si le llevas ropa, lecho y guarda todas esas facturas. Asimismo, tienes derechos y obligaciones.

El régimen de visitas de ver, estar y pasar los fines de semanas con tu hija y que tenga contacto con tu familia.

En cuanto al ADN eso se realiza para demostrar que esa niña es tu hija, pero de estar seguro que es tu hija entonces no hay necesidad de hacerlo, por cuanto es costoso, salvo que exista una sospecha que no es tu hija.

Puedes llevar a tu hija para que te hagan un examen de ADN.

Sin embargo, puedes llevar una muestra de la niña y debes asesorarte con un medico el tipo de muestra para realizar ese examen.

En relación a quitarle tu apellido a la niña, eso legalmente no procede, con la excepción que se demuestre que no es tu hija.

Para sacarla del país, se necesita tu autorización para que la autoridades de migración dejen salir a la niña de Venezuela.

Te recomiendo que acudas de inmediato a un Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes o al fiscal del Ministerio Público especializado en esta materia.

También puedes acudir al Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes, a los fines que pongan disciplina en este asunto, por demás delicado y grave.

Puedes estar asistido por tu abogado de confianza, pero para el Consejo de Protección y Ministerio Publico, no requieres abogado, pero es bueno hacerte acompañar con un profesional del derecho.

Gracias por leerme

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Buenas tardes Abogado. Ha pasado muchísimo tiempo desde que le envié mi preocupación por este medio, su blog. Le escribo nuevamente para agradecer y hacerle saber que no fue necesario tomar medidas legales de ningún tipo. Tomé muy en serio todo más recordé que me explicaba; “Todo niño tiene derecho a conocer a sus padres y obviamente ser cuidados por ellos” y “De la misma manera, la responsabilidad de crianza la tienen ambos padres al igual que la patria potestad”. Me basé en esos argumentos para tomar cartas en el asunto, el cual, sorpresivamente fue muy considerada (la mamá de la beba). Hasta el momento tenemos una relación muy buena, todo en torno a la bebé y lo posible en nuestras vidas. Gracias por arrojar la luz, que (en su momento) hacía tanta falta. Saludos cordiales y felices fiestas.

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Hola Ander.

Nuestro trabajo digital esta fundamentado en darle al público en general, la mejor orientación jurídica.

Celebro que su relación con la señora este muy bien en beneficio de ustedes tres y de toda la familia.

Un abrazo.

Gracias por leerme.

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buenas como esta doctor espero que me ayudar tengo tenia mi pareja nos separamos por circustancia tuvimos un niño hermoso la cual yo queria saber yo trabajando en el exterior le mando su manutencion 15 y ultimo pero fisicamente ando asunte del por motivos de trabajo en el exterior existe algun forma de calcular el porcentaje de la manutencion del niño ya que su madre vive con su pareja no me deja llamarlo y hablarle y el niño es presentado por mi no se si influye en algo tengo alguna ayuda el niño es menor

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Hola Nandys.

Usted debe otorgarle un poder a un abogado para que lo represente en Venezuela y de esta forma resolver la situación de manutención y poder comunicarse con su hijo, por cuanto la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes establece que por encima de las discrepancias de los padres esta el interés superior del niño.

La manutención al niño se realiza de mutuo acuerdo, lo pueden hacer los padres o en caso tal al respectivo Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes, esto de conformidad con los ingresos del padre y sus compromisos económicos.

Usted tiene la patria potestad del niño al igual que la madre y por tanto debe ser respetada por la madre, por cuanto la responsabilidad de crianza es de ambos padres

Gracias por leerme

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Buenas Dr. resulta que en 5 semanas la que fué mi pareja hasta diciembre (creo) me dice ahora que ella va a reconocer sola al niño que vendra, no quiere que yo lo reconosca porq segun su familia nunca me va a aceptar porque casi yo tengo la edad de su madre y creo que por otros motivos más, desde q ella me busco en febrero para decirme que estaba embarazada (no, nos veiamos desde diciembre, pense que todo habia quedado alli) yo le he transferido 3 millones de bolivares semanales para los gastos de examenes y cosas que ella crea necesite el niño, que puedo hacer Dr. yo quiero q el niño lleve mi apellido, es el primer hijo que tendre, pensaba irme del país e irme a mi tierra de origen (Perú) pero con esta noticia esa idea se ha desvanecido, quiero estar al lado de mi hijo, compartir con el y verlo crecer, yo he tratado de convencerla para que ella acepte q yo lo reconozca, pero se niega, me dice que la desicion ya esta tomada, pero que si me lo traera cuando pueda para conocer al niño, le digo q eso sera dañino para el niño, el se ira preguntando porq este hombre me dice hijo y dice que es mi padre si ni siquiera llevo su apellido, que puedo hacer Dr.?

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Hola Orlando

De acuerdo a la legislaciòn venezolana usted y el niño tienen derecho, obligaciones y deberes en el sentido que su hijo tiene derecho a conocer quien es su padre, e igualmente usted al reconocimiento paterno de su propio hijo

Puede acudir a los tribunales de mediaciòn, sustanciaciòn y ejecuciòn de niños y adolescentes para presentar una demanda en contra de la madre, y mediante la inquisiciòn de paternidad el tribunal ordene la prueba heredo-biològica donde se determine si el niño es su hijo

De ser afirmativo ese resultado, de manera de inmediata en la partida de nacimiento del niño debe apàrecer, como indica la Constituciòn venezolana, el nombre de los padres con los respectivos apellidos a los que tiene derecho el niño

En cuanto a lo que manifiesta la señora, es lo màs inaudito e improcedente, por cuanto el niño tiene el derecho a conocer y llevar el apellido de su padre

No hay nada que legalmente ella pueda hacer para evitarlo

Gracias por leerme

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Buenas noches. Mi hija cumplirá próximamente dos años. El padre se desentendió desde que le hice saber del embarazo, lo he visto en diferentes ocasiones en la calle pero es como si fuésemos extraños. Obviamente mi hija es no reconocida por el padre y prefiero que siga siendo así. Mis preguntas existe una forma, utilizar un recurso legal para que solo tenga la patria potestad de mi hija? evitar que en un futuro él la reconozca sin mi permiso? poder sacarla del país sin tener que recurrir a él para permisos? o realizar cualquier otro trámite legal de ella sin él? Espero su respuesta, gracias.

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Hola Brigi.

De acuerdo la legislación nuestra todo niño al nacer tiene el derecho de conocer a sus padres.

El Código Civil, señala que toda persona tiene acción para reclamar el reconocimiento de su filiacion tanto materna como paterna.

La Lopnna establece que los niños deberán ser presentados en el Registro del Estado Civil, para que tengan su documentacion de identidad.

Puedes realizar las acciones legales ante el tribunal competente para que realicen las gestiones pertinentes en cuanto a la paternidad de tu hija y de esa manera legal el padre rebelde pueda asumir sus responsabilidad de patria potestad, responsabilidad de crianza y de manutención que le exige la ley.

También en un momento determinado el padre puede realizar el reconocimiento voluntario de la niña.

Pero debe constar en la partida de nacimiento o en acta especial inscrita posteriormente en los libros de Registros Civil de nacimientos.

En un testamento o cualquier acto publico o autentico otorgado al efecto en cualquier tiempo.

Si no tienes medios económicos, puedes acudir a un consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes donde te ayudaran.

Realiza esas diligencias para que el irresponsable del padre cumpla con sus deberes, obligaciones y derechos, todo esto en el interés superior de la niña.

Por tanto, la niña tiene derecho a mantener relaciones personales con su padre y madre.

El padre jamas puede sacar del país a la niña sin el consentimiento de la madre.

Pero el padre puede acudir a un tribunal para solicitar esa autorización, pero allí estarás tu para oponer las razones de la salida, siempre y cunado reconozca a la niña como su hija

También la niña debe permanecer bajo la custodia y guarda de la niña cuando tenga menos de 7 años y hasta tanto el padre no reconozca voluntariamente a la niña o por decisión del tribunal no puede sacar a la niña del país, por cuanto en la partida de nacimiento no aparece su nombre como padre de la niña.

Y esta partida de nacimiento es un requisito indispensable para realizar ese tramite.

Gracias por leerme.

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Hola, espero se encuentre bien. Le cuento. Tengo una niña de 26 dias de nacida la cual presente con mis apellidos porque el papa durante el embarazo me dijo que no se haria responsable, me chantajeaba con que viviera con el y asi me ayudaria. Actualmente tengo una pareja, que se ha hecho responsable de mi bebe desde su nacimiento. Cuando el papa de mi niña se entera que tengo pareja me dice que ahora menos me ayudara, que entonces el se hiciera cargo de todo mis gastos y de la bebe. Ahora que nacio amenaza con denunciarme porque yo la presenté sola,porque segun el ahora si tiene derecho. Cabe destacar que yo tengo todas las conversaciones donde el indica su negativa en ayudarme. Mi pregunta es: puede denunciarme? Su apellido no me interesa en lo absoluto ayuda!! En caso de que proceda algo sirven las conversaciones que tengo para evitar colocarle su apellido a la niña?

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Hola Paola.

El Código Civil señala que el hijo que sea concebido fuera del matrimonio cuya filiación se establezca con ambos progenitores, tomará el apellido de los padres en el mismo orden que los hijos nacidos durante el matrimonio.

Ahora bien, cuando esa filiación ha sido determinada con uno de los progenitores, como es tu caso, el hijo tiene derecho a llevar los apellidos de esta madre, como es tus dos apellidos.

Si el progenitor (madre) tiene un solo apellido tendrá derecho a repetirlo Ejemplo hipotético. Si tu identificación es Paola Bravo. Tu hija llevará por nombre Belkis Josefina Bravo Bravo.

Pero si tu identificación es Paola Bravo Rodriguez, entonces tu hija se identificará como Belkis Josefina Bravo Rodriguez.

Ahora bien, los hijos tienen el derecho a conocer a sus padres de acuerdo a lo indicado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

El como padre tiene el derecho de conocer a su hija y darle su apellido, pero también tiene deberes y obligaciones con respecto a la niña.

Él al parecer es un padre irresponsable, que esta actuando de esa manera.

Te recomiendo que acudas a un Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes mas cercano a tu residencia o acudir al Ministerio Público que trabaja los casos de niños y adolescentes, para que manifiestes las amenazas que estas recibiendo de esa persona, que ahora si quiere cumplir supuestamente su rol de padre.

Pero deberá someterse a lo que diga la Ley.

Gracias por leerme.

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buen dia DR. yo sali embarazada cuando era muy joven no vi esa persona mas nunca,luego un joven se hizo responsable legalmente dandole el apellido a mi hija pero nos separamos y perdi todo contacto con el y su familia no se si se fue del pais.como hago para pedir la patria potestad oh que ella lleve solo mi apellido? la niña tiene 8 años y yo he velado por todo,y no busco manutencion ni ayuda de la persona que le dio el apellido ya que no es su responsabilidad. agradezco su ayuda.

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Hola Marielbis

En principio NO puedes hacer eso

Sin embargo, la única manera que procedería judicialmente es que la persona que le dió el apellido vaya contigo a hacerse la prueba de ADN al IVIC con el fin de determinar si es el padre o no, de resultar cierto tal examen en el sentido de que la niña no es hija de esa persona se procede judicialmente y la niña quedaría solo con tu apellido

Si tu tienes dos apellidos tu hija llevará tus dos apellidos, pero si tu tienes 1 solo apellido la niña llevará ese apellido dos veces

Supongamos que tu nombre es Marielbis Castillo, la niña llevará el apellido Castillo dos veces, se llamará Castillo Castillo

Eso es lo que digo de repetir el apellido si tu tienes uno solo

La otra opción es que aparezca el padre de la niña y se haga el mismo examen de ADN y se certifique que él es el verdadero padre de la niña

Bajo esta circunstancia el Tribunal decidirá en consencuencia, en ese escenario de acuerdo a todos los trámites administrativos y luego de llevarlo a la parte judicial el Tribunal determinará que la niña es hija de su padre biológico y llevará el apellido de este

Te recomiendo contratar a un abogado para llevar tu caso

Gracias por leerme

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Hola buenas noches doctor espero q este bien le cuento para echarle el cuento corto tubo un hijo fuera del matrimonio el bebe tiene 4 meses. Mi esposo dice q ese niño no es de el xq el se cuido y el estuvo con la madre del niño una sola vez y no la.vio mas el niño ha un no esta reconocido y la madre esta desesperada para q mi esposo lo reconozca y la hermana de mi esposo consiguio una foto copia de mi esposo y fue para el rejistro con la madre del niño para rejistrarlo sin el consentimiento de mi esposo ha hora la partida de nacimiento esta lista falta q mi esposo balla y firme el libro y el dice q no va a firmar nada xq el no sabe si ese niño es hijo de el o no , eso es undelito o no? lo q hizo la hermana de mi esposo de llevar una identificación y reconocer al bebe sin el consentimiento de el y la rejistradora sabe y igual q la madre del bebe q mi esposo no sabia nada de lo q estaban haciendo (q podría ser el doctor para saber si ese niño es su hijo o no ante de. firma el libro

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Hola Nataly.

El irresponsable de tu cónyuge es una persona inhumana, de ser cierto que él es el padre de ese hijo.

Es suficiente, una sola relación sexual para que una mujer salga embarazada, si ese día estaba ovulando.

En Código Civil es especifico en cuanto al reconocimiento de los hijos, por lo que tu esposo de ser el padre del niño, debe ir a reconocer al niño como su hijo.

Pero esta situación se define y queda solucionado con una prueba heredo- biológica del niño y del presunto padre para que se determine si tu cónyuge es el padre del niño.

Si la madre del niño, ejerce las acciones legales en tribunales y así queda demostrado mediante la inquisición de paternidad, la sentencia del tribunal es suficiente para que se registre en la partida de nacimiento el verdadero padre del niño.

De resultar positiva, el niño tiene derecho a llevar el apellido del padre y este cumplir con las responsabilidad de crianza, patria potestad, manutención y demás instituciones familiares indicadas en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por cuanto ese niño tendrá los mismos derechos que los hijos nacidos dentro del matrimonio.

Gracias por leerme

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Buen dia Dr. Tengo un niño de un mes el cual presente con mis apellidos ya que el donante nunca aparecio. Ahora aparece y me dice que el quiere demandar la paternidad. Para eso me está pidiendo copia de la partida de nacimiento. Es necesario darle esa copia? Como es el proceso para llevar a cabo esa demanda? Supongo que me tienen que citar? Expliqueme porfavor. Gracias

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Hola Carmen.

Si es legal la acción judicial que ha emprendido, me imagino el presunto padre del niño.

La inquisición de paterniedo- biológico y determinar el verdadero padre del niño.

Obviamente que el tribunal te hará comparecer en el juicio.

Gracias por leerme.

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Buenas noches doctor, necesio que me oriente por favor. Hace un mes di a luz a mi bebe, el padre biológico q la final no quiso ayudarme, actualmente tengo mi pareja el cual el la presento como si fuera su hijo. Ahora el padre biologico anda con la intensidad de que el se va a presentar en el registro voluntariamente para cambiarle el apellido por el de el. Eso es asi se fácil? Yo no quiero que lleve su apellido, no me interesa, q podría hacer al respecto? Ayudeme!!

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Hola Karla.

Tu pareja actual ya presentó a tu tu bebe como su hijo.

Legalmente el es el padre del bebé.

Sin embargo, para que haga la debida rectificación de la partida de nacimiento del bebé, el padre biológico debe acudir a un tribunal mediante una acción de inquisición de paternidad.

Se harán las pruebas heredo- biológicas del presunto padre biológico y del bebé, y allí se demostrará quien es el verdadero padre del bebé.

Esas pruebas se realizan en el Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC) y con ese estudio clínico y se comprueba que esa persona es el padre biológico, el Tribunal fallará a su favor, debiéndose realizar la correspondiente nota marginal de la rectificación de la partida de nacimiento.

Esa en la forma de proceder, pero no es como dice el presunto padre del bebe que va a ir a cambiar los apellidos.

También debe tener tu consentimiento.

Gracias por leerme

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Hola Karina

En relación al caso sobre el reconocimiento de tu hijo por el padres, que se encuentra en el extranjero.

Debes acudir a los tribunales correspondientes para en relación a la inquisición de paternidad.

Es para realizar la prueba heredo- biológica a través de los padres o hermanos del padre del niño.

De resultar el fallo a tu favor, con esa sentencia se acude al registro civil correspondiente para los tramites administrativos correspondientes.

Gracias por leerme.

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buenas noches! un niño reconocido solo por la madre (ya que había dudas de la paternidad) se realizo una prueba de ADN donde resulto positiva la paternidad, ahora el padre desea reconocer al niño pero esta es negado por la madre ya que dice que se va del país con el bebe, que se haría en ese caso? agradezco su asesoría

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Hola Tamarys.

Cuando se realizó la prueba de ADN y resultó favorable al padre, este y el niño tienen todo el derecho de reconocer a su hijo y el niño conocer quien es su padre, para que este cumpla con las instituciones familiares de Ley.

Responsabilidad de crianza, régimen de visitas, convivencia familiar para la familia del padre.

Si tiene esa inquisición de paternidad dictada en sentencia de un tribunal, esta es suficiente para que el padre pueda reconocer a su hijo y la madre no tiene facultades legales para oponerse.

Gracias por leerme

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El padre de mi hijo no lo quiere reconocer tampoco pasarle manutención.. Me robo los ahorros de mi hijo.. Y dice q el bebe no es suyo.. Y es menor de edad.. X un año. Q hago digame

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Hola Francisca.

Debes solicitar en el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes una inquisición de paternidad a favor de tu hijo.

El tribunal notificará al padre de tu hijo para que se haga la prueba herodo- biológica.

Con la prueba del ADN se demostrará que es el padre y con esa decisión del tribunal se hará el respectivo registro en el Registro Civil del Municipio.

Así quedara reconocido con su padre y llevará el niño el apellido del padre.

Con esto deberá cumplir con el régimen de visitas, la manutención y demás instituciones familiares.

En caso de no tener recursos económicos acude al Ministerio Público que allí te prestaran todo el apoyo.

Que se cumpla con la Lopnna en el interés superior del menor de edad.

También si te maltrata puedes acudir al mismo Ministerio Público, a realizar la respectiva denuncia contra ese agresor, por cuanto la Ley Orgánica de los Derechos de Mujer a una Vida libre de Violencia te da protección.

Gracias por leerme

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Buenas . Tengo una inquietud . Yo estaba viviendo con mi pareja desde hace dos años ..ella estaba embarazada no de mi . Igual la acepte . Cuando la beba nació yo la presente con el consentimiento de su madre ya la nina va para dos años y llevo un trato muy bello con mi niña . Ahora q me separe de sa mama .. ella no quiere que yo comparta con la nina no me deja tenerla .y yo le doy toda su manutención . Por esa parte soy muy responsable . . Q debo hacer en este caso

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Hola Juan Carlos.

Lo importante fue que tomaste una decisión muy hermosa, ya que no siendo el padre biológico de la niña, la reconociste como hija propia.

Además cumples con la manutención que es muy importante de acuerdo a la ley.

Por cuanto la niña lleva tu apellido puedes acudir a un Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes,

Igualmente al Ministerio Público en lo relativo a los niños, niñas y adolescente que se encuentra ubicado en parque central en los sótanos.

También puedes acudir a los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes donde deberás estar asistido por tu abogado de confianza, a los fines que se te permita el régimen de visitas y la convivencia familiar de la niña con tu persona y familia.

Mientras la relación jurídica no sea desvirtuada ante un tribunal con la prueba heredo- biológica, tu como padre tienes deberes, derechos y obligaciones respecto a la niña, por cuanto legalmente eres el padre

Gracias por leerme

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Hola Dr, espero se encuentre bien! Mi duda es estoy embarazada actualmente pero mi pareja se niega ayudarme y a reconocer la paternidad, yo puedo realizar algún tipo de denuncia para q se haga responsable? Descubrí q tiene una doble vida con otra pareja q también está embarazada ha sido fuerte para mi, pero no puedo sin su ayuda! De que manera puedo actuar legalmente?

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Hola Lisbeth.

Es lamentable que futuros padres como tu ex- pareja recurran en este tipo de acciones hacia la madre de su futuro hijo y lo peor que atentan contra sus propios hijos.

Conducta esta que puede estar subsumida en lo establecido en la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujeres a una vida libre de violencia.

Puedes acudir a presentar la denuncia en un Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Ministerio Público entre otros.

Me imagino que no tienes recursos económicos para acudir con abogado de tu confianza.

Te recomiendo que te dirijas al Ministerio Público donde te atenderán el cual se encuentra situado en los sótanos del parque central.

También puedes acudir al Cuerpo de Investigaciones, penales y Criminalistica (CICPC) situado en la avenida Urdaneta edifico Icauca frente al Registro Principal.

Allí te atenderán sin ningún pago que realizar.

Gracias por leerme.

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buenos dias doctor quisiera saber si me puede ayudar con un problema que tengo actualmente y es la falta de responsabilidad del padre de mi hijo ya que el mismo hace unos dos años se fue del pais y pues nunca le ha mandado dinero al bebe que ya cuenta con 15 meses de edad y pasa lo siguiente cada ve que le pido ayuda me insulta y me dice todo lo que le place y hasta me ha preguntado que como hace una mujer que tiene 8 hijos que yo solo tengo uno y me la paso quejandome y no es que me queje sino que todo lo he pago yo desde el embarao el nacimiento y todo estos 15 meses y la vida cada dia esta mas dura y mi bebe demanda alimentos y ya casi no puedo mas solo quiero que me pague por lo menos loque exige la ley pero como hago para obligarlo?????? me han dicho que lo denuncie asi cuando un dia venga a venezuela pues por lo menos me pague mensualidades atrasadas el esta muy tranquilo por que me dice que nadie le puede hacer nada ya que esta fura del pais como le dije anteriormente y pues me pide fotos del niño yo lo hago o lo hacia le enviaba fotos con la esperanza de que cuando lo viera se le ablandara el coraon y me enviara dinero pero solo me dice que le de muchos jugos de fruta al niño y no sabe la rabia que eso me produce entonces mi pregunta es la siguiente yo puedo obligarlo de alguna manera a que le pase dinero al bebe????? ya que el no esta en el pais se le podria exigir la aayuda a traves de un tribunal a que lo pague un familiar directo????? en este caso la hermana para ver si asi el se ve en la obligacion de ayudarme??? ayudeme doctor por favor guieme que puedo hacer estoy desesperada

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Hola Naura.

Acuda al fiscal del Ministerio Público en la especialidad de niños y adolescentes que se encuentra en parque central para que haga los respectivos planteamientos sobre el particular.

En todo caso también puede acudir a los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes para que exponer que el padre del niño no cumple con las instituciones familiares.

Gracias por leerme.

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Buenas tardes. Dr.
Mi caso es que tuve una relación que perduro por 10 años y fue cuando decidimos tener un bebe. Cuando tenia 5 meses de embarazo descubrí que mi pareja tenia 2 relaciones extras con unas mujeres y por tal motivo terminamos la relación nuestra definitivamente, ya que me pareció demasiada falta de respeto tanto para mi persona como para el bebe que llevaba en el vientre. No supe mas de él hasta 15 días después que nació el bebe. Por mi parte no quise tener nunca mas nada con ese señor, aunque si permití que conociera al niño y tuviera contacto con él. Nunca quise que le diera el apellido y el tampoco se ofreció en dárselo, aunque nunca lo ha negado. Así como también pues nunca se preocupo por comprarle ni un pañal ni una leche niño. Este señor nunca lo ha negado.
Desde que nació yo he cubierto todos los gastos alimentación, vivienda, vestido, colegios, seguro HCM, médicos, medicinas, paseos, viajes, terapia ocupacional y de leguaje, psicopedagogía, etc. De bebe el me depositaba una miseria que no alcanzaba ni para una galleta.
Ante la situación económica difícil que estamos pasando los venezolanos decidí exigirle cumpliera con el niño. Pero lo que aportaba era una miseria. Ahora el niño tiene 11 años ya posee cedula de identidad, yo converse con un abogado y le pregunté si se podía hacer un reconocimiento de paternidad a través de un documento legal sin tener que hacer uso de su apellido con el fin de que el padre lo asegure y pueda gozar de los beneficios del Ministerio donde él trabaja y hacer que cumpla con la manutención del niño.
Los motivos que tenemos tanto el niño como yo, de No hacer uso de su apellido, es porque el niño no se siente atendido afectivamente “aunque se le ha dado la oportunidad al padre de compartir con el niño”, así como también económicamente. Cabe destacar que el niño tiene todos sus documentos con mis apellidos, tiene pasaporte y visa de 10 años. Y cada vez que yo he querido llevarlo de vacaciones dentro y fuera del país no requiero de su autorización. Además a mi parecer el no come con apellido.

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Hola Guzman

El Código Civil indica que cuando no haya reconocimiento del padre con su hijo la madre puede darles sus dos apellidos.

Sin embargo, de acuerdo a la Ley  Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes los niños tienen derecho a ser identificados después de su nacimiento.

Por tanto los niños tienen el derecho de ser inscritos en el Registro del Estado Civil, luego del nacimiento.

Por tanto, la madre, el padre, representantes o responsables deben inscribir a los niños que se encuentren bajo su patria potestad, representación o responsabilidad en el Registro del Estado Civil.

Por lo que los niños tienen el derecho de obtener los respectivos documentos públicos que comprueben su identidad.

En tal sentido, señala la Lopnna que los beneficios o prestaciones que perciban los trabajadores o les correspondan por concepto de nacimiento o existencia de hijos serán ser pagados quienes demuestren  la filiación legalmente establecidas.

Si tu hijo no tiene ese reconocimiento legal por parte del padre, no podrá gozar de los beneficios contractuales del padre y tampoco reclamar manutención a ese padre por cuanto no tiene legalmente su reconocimiento.

En caso de muerte del padre deberás accionar judicialmente para que le otorguen lo correspondiente a una herencia, en caso que el padre deje bienes muebles e inmuebles, una vez que se demuestre  que el es su padre.

Te recomiendo que te comuniques con su padre, para que voluntariamente haga el respectivo reconocimiento de su hijo en el lugar donde fue presentado por tu persona.

En caso que se niegue, podrás solicitar ante un tribunal la respectiva inquisición de paternidad que no es otra cosa la prueba heredo- biológica donde se determine que el niño es hijo del padre que no lo ha negado, pero que todavía no lo ha reconocido como su hijo.

Es verdad que nadie come con apellido de otro, pero bajo esa situación te sera muy difícil, accionar judicialmente contra ese padre para la manutención del niño y tampoco el padre cumplirá las demás instituciones familiares de ley.

Gracias por leerme.

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Buenas tardes Dr.
Tengo un problema y ojala pueda orientarme la verdad nose que hacer, hace varios años estuve con una chica y esta quedó embarazada cuando nacio la niña yo la reconocí y siempre me he hecho cargo de ella, ahora la niña tiene 5 años y su mama se fue del país hace un par de meses y me la dejo con poder notariado ya
ella y yo estamos separados, pero ella dice que en unos meses va a volver al pais para buscarla y llevarsela, como yo me niego a eso quiere hacerle una prueba de adn a la niña para demostrar que no es

mi hija biologica, para darle la paternidad al supuesto padre biologico y asi poder conseguir el permiso para sacarla del pais yo esa niña aunque no fuera mia la quiero como si la fuera ya son 5 años con ella y para esa niña no existe otro padre que no sea yo, mi pregunta es la siguiente, si se llegara a probar que no es mi hija pueden legalmente quitarme la paternidad sobre ella después de tantos años y perdería yo todos los derechos cómo padre??

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Hola Antonio.

La madre de su hija, tiene unos sentimientos perversos.

No tengas temor en hacerte la prueba de ADN.

Eso se llama inquisición de paternidad y si queda demostrado que no es tu hija, legalmente hay que hacer la rectificación de la partida de nacimiento y sera el padres biológico quien dará la autorización de salida del país.

Pero esto debe ser decidido a través de un tribunal. Mientras eso no suceda, la autorización de salida del país de la niña la realiza usted, en el caso que así suceda.

Pero la madre de la niña debe acudir a tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes a los fines de solicitar la autorización de salida de país de la niña. Pero el tribunal te hará la debida notificación para que acudas a exponer tus argumentos.

En el caso que se demuestre que no eres el padre, pero durante estos años los deberes y obligaciones han sido asumidos por ti, eso te beneficia.

Por cuanto, en sentencia de noviembre del 2008 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió que seria contrario al interés superior del niño impedirle el contacto del niño con su madre biológica por ser quien la gesto y ha mantenido contacto afectivo, pero que ambas madres mantengan relaciones pacificas con el niño, para no afectar negativamente su desarrollo integral.

De esta manera el TSJ creo un precedente único del conflicto entre la madre biológica y la madre de crianza.

Gracias por leerme.

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Buenas noches abog, tengo una duda extrema y de verdad espero que pueda ayudarme. Cualquier consejo que pueda darme será de mucha ayuda. En mi caso estoy buscando que el padre de mi bebé (que está por cumplir 9 meses) haga el reconocimiento del niño y se ocupe de la entrega de manutención, el problema es que él no se encuentra en el país y es estadounidense, ¿Habrá alguna forma de realizar este procedimiento de forma legal? El tiene conocimiento sobre la existencia del niño. Cualquier ayuda o guía que pueda darme estaría muy agradecida. Si necesita más información sobre el caso, no dude en preguntar. Gracias ante todo.

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Hola Ana.

Como el padre es estadounidense y está en su país para reconocer a su hijo hay varias alternativas que el padre se traslade a Venezuela y reconozca a su hijo o usted se traslade a EEUU.

Este tramite en Venezuela en muy expedito.

La otra opción es que los padres, hermanos del papá de su hijo si alguno de ellos se encuentran en Venezuela, puede realizar la prueba heredo- biológica a los fines de determinar la paternidad de ese ciudadano hacia su hijo.

La otra opción es que el padre se haga la prueba de ADN en Estados Unidos y la certifique en el Consulado de Venezuela en EEUU y la envié y usted puede acudir con esa documentación al Instituto de Investigaciones Científicas (IVIC) para que le hagan la prueba al niño.

En caso que resulte compatible. Con ese estudio podrá acudir a los tribunales a ejercer las acciones legales de inquisición de paternidad.

Un vez que el tribunal tome la decisión, usted podrá acudir al Registro Civil correspondiente para que se haga la corrección de partida de nacimiento original con una nota margina.

Luego en algún momento usted puede presentarse o el niño cuando sea adulto ante las autoridades de EEUU la certificación de la decisión del tribunal para que a su hijo le otorgue la ciudadanía estadounidense

Gracias por leerme

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¿Y si no hay buenos términos con el padre? Es decir, que el no quiera reconocer al niño. ¿Cómo se hace en ese caso? ¿Hay forma de exigir una prueba de paternidad mientras el esté residenciado en otro país? ¿Puedo exigirle que asuma la paternidad así no sea venezolano?

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Si hay forma de proceder Ana,

La complejidad de tu caso supera lo que me propongo en este blog, que es orientar y aclarar sobre temas legales

Te sugiero contratar un abogado (yo estoy a la orden) o acudir a la defensa pública

Saludos

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Un gusto, Abg. Le comento mi situación. Desde que se supo de mi embarazo, el padre biológico del niño no quiso ser parte de éste proceso, yo (por motivos de estabilidad emocional y mental) lo acepté y me alejé; incluso un día fui a su casa a hablar con su familia ya que no estaban al tanto de la situación e igual las cosas no han cambiado, no ha habido ningún tipo de contacto ni de parte de él ni de su familia. En un mes será el nacimiento del niño y quisiera saber si es OBLIGATORIO que él reconozca al niño en caso de aparecer. Por mi parte no tengo intenciones de que lo haga ya que él es una persona tóxica, no tiene trabajo y tiene un pasado involucrado con drogas. ¿Hay alguna ley que proteja a mi hijo en caso de que yo me niegue a un futuro «Ese es mi hijo y ahora sí lo quiero» por parte de él? Gracias.

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Hola Maddalena

De acuerdo a la ley todo niño al nacer tiene derecho a conocer a sus padres y su respectivo reconocimiento.

Al presentarlo debe indicar la identificación del padre con los demás requisitos exigidos por la Ley Orgánica de Registro Civil.

En todo caso también tienes la vía judicial mediante la inquisición de paternidad, que se puede realizar la prueba de ADN del padre, hermanos o padres del padre del niño.

Puede acudir al Registro Civil y allí te indicarán toda la documentación que debes presentar para la respectiva inscripción del niño en el registro civil.

Solo debes indicar el nombre completo del padre.

NO hay manera legal de evitar que un padre biológico que haya demostrado su paternidad vía prueba heredo-biológica se le niegue el reconocimiento de su hijo y de él como padre

Otra cosa es la patria potestad y la responsabilidad de crianza, pero el reconocimiento no se puede evitar si es demostrado ese vínculo vía el ADN

Gracias por leerme.

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Buenas noches abogado mi siguiente pregunta es yo tengo un hijo que ha negado a su hijo recien nacido pero yo se que el es su hijo y yo le he idicho que le de su apellido pero el no quiere y dice que el no es su hijo, como deberia de hacer yo para que este niño lleve el apellido de su papá ya que se niega a darle el apellido, pero yo como abuela de el niño ya que el vive en mi casa tengo el debe de que mi hijo lo reconozca como hijo de el , esperando su pronta respuesta gracias de antemano

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Hola Tibisay.

La madre del niño debe ir al Municipio donde vive y la Alcaldía tiene un registro civil, que se presente con toda la documentación que le dieron en el hospital o clínica en cumplimiento de lo que establece la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Que le indique al funcionario los nombres, apellidos y No de cédula de identidad del padre anexando una copia de la cédula de identidad del padre del niño.

Con eso es suficiente. Si su hijo luego lo quiere negar lo tiene que demostrar a través de tribunales y con una prueba de ADN.

De resultar positiva que es el padre del niño, esto es suficiente para que se convenza que ese niño es su hijo.

Y comience a trabajar para darle la manutención de su hijo, la responsabilidad de crianza la guarda conjuntamente con la madre y régimen de visitas.

Es decir, que cumpla con todas instituciones familiares

Gracias por leerme.

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buenas doctor Luis quiero que me ayude una muchacha con quien salia quedo en estado pero ella savia que yo tenia esposa y no me quiere dejar presenta a mi hijo le falta poco para dar a luz es que no tenia trabajo estable pero estoy en mi mayor esfuerzo y quiero a mi hijo que debo hacer

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Hola.

Usted tiene todo el derecho todo como futuro padre de darle su reconocimiento legal a su hijo. Asimismo, puede estar en el recinto hospitalario para que haga constar el mismo.

También en el Registro Civil cuando vayan a presentar al niño o niña para que allí haga constar que usted es el padre.

La ley le otorga al niño o niña y a usted que la paternidad quede plasmada en el libro del registro civil, y por supuesto en la partida de nacimiento que otorguen

Gracias por leerme

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buenas tardes en mi caso yo presente a mi hijo sola hace 6 meses el padre estaba en colombia nunca se ha hecho cargo. aunque a mi nunca me lo ha negado si lo ha hecho con otras personas. ahorita esta aqui en venezuela lo quiere presentar hay que pagar una multa por eso. y como hago si dejo que lo presente y el se vuelve a ir y me deja aqui presa sin poder salir del pais y sin mantener a mi hijo de nuevo.

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Hola Maria.

De conformidad con la ley tu hijo tiene todo el derecho de conocer a su padres y tener reconocimiento de su padre para que lleve ambos apellidos, el del padre y de la madre.

Con ese reconocimiento a su hijo, la ley lo obliga a cumplir todas las instituciones familiares.

Como es la responsabilidad de crianza, patria potestad, manutención mensual, régimen de visitas y atender a su hijo de manera integral y que entre ambos, padre e hijo haya la verdadera compenetración que les permita desarrollar ese amor que necesariamente debe existir.

Por tanto, a nivel legal tu NO puedes impedir que el reconozca a su hijo.

Pero en caso de no hacerlo, la situación seria un tanto mas complicada.

Usted, cuando presentó al niño debió indicar quien era su padre y si ese padre lo desconociera deberá probarlo en un tribunal con la prueba del ADN.

Gracias por leerme

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